Es una comunidad constituida por personas con edades que pueden oscilar entre los 20 y los 78 años, garantizando de esta manera, el futuro y la sostenibilidad del proyecto con la renovación generacional. Además, de conseguir que la experiencia de convivencia comunitaria sea más enriquecedora.
Cualquier persona de cualquier edad, a solas o con pareja y/o niños, puede ser un futuro socio. El único requisito antes de poder asociarte es tener la voluntad de tener varios encuentros con nuestra comunidad para conocerse y en los que te informamos de forma más detallada sobre todos los aspectos de este proyecto.

Primero hay que ponerse en contacto con nosotros, vía el formulario en Contactos en nuestra web o por correo electrónico, una llamada o a través de nuestras redes. Después habrá algunos encuentros con los demás socios para conocernos en los que te informamos con más detalle sobre la cooperativa y nuestro proyecto. Si resulta que te ves afín a nuestra comunidad entonces tienes que solicitar tu admisión por escrito dirigido al Consejo Rector. Para ello hay que rellenar una declaración responsable de que cumples las condiciones para ser persona socia, según lo previsto en los estatutos. Dicha declaración, tipo formulario, se realiza online e inmediatamente recibirás un correo con tus respuestas. Dos días después el Consejo Rector te comunicará la decisión. Si ésta es positiva recibirás instrucciones para realizar el ingreso bancario correspondiente a la aportación obligatoria al capital social de la cooperativa. (vea documentos) El máximo de socios participantes es 12. No obstante, existe una lista de socios expectantes que podrían entrar en caso de una baja.

Documentación para los nuevos socios y socias de “El Rayo Verde Sociedad Cooperativa Canaria”

Efectivamente tú no eres el propietario de la vivienda.
El Modelo de cesión de uso significa que es la cooperativa la propietaria de todo el inmueble, teniendo los socios el derecho de uso ilimitado de todas las instalaciones y de forma vitalicia; además es heredable y, en caso de solicitar baja, se recupera el capital social según ley y lo previsto en los estatutos. De esta forma evitamos la especulación.

Las viviendas pertenecerán a la Cooperativa y, por lo tanto, no podrán ser vendidas, alquiladas o escrituradas a nombre de las personas socias. Aunque los familiares de primer grado sí podrán heredar el capital social aportado por la persona fallecida, será la cooperativa la que decida el derecho al uso, teniendo en cuenta los criterios establecidos para la lista de personas socias expectantes.

En el cohousing un conjunto de individuos se une para vivir en comunidad en torno a un proyecto de vivienda común y autogestionada. Entre todos diseñan el espacio de acuerdo a las necesidades del colectivo, con hogares independientes y zonas compartidas como la cocina, el comedor o las zonas verdes.

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